El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Julio César Castaños Guzmán, manifestó este miércoles que no hay marcha atrás con la decisión de eliminar el voto de arrastre en 26 provincias y mantenerlo en cinco y el distrito nacional.
Castaños Guzmán aseguró, durante una rueda de prensa, que la decisión del pleno de la JCE al respecto se debió a lo que establece la Ley Electoral 15-19.
Indicó que ahora se presenta una posibilidad para el Congreso Nacional de eliminar el párrafo IV del artículo 104 de la Ley Electoral, que establece que a los senadores se les sumen los votos obtenidos por el partido en la provincia.
Además, expresó que no se opone a que alguien recurra al Tribunal Constitucional la decisión que se tomó sobre el voto de arrastre.
Añadió que no hay ningún problema o capricho a que la sumatoria en el artículo IV sea modificado eventualmente.
“Porque técnicamente nosotros podemos hacerlo como está o de cualquier forma que disponga el Congreso que se haga; es decir, lo que se ha dictado no es palabra de Dios, es la decisión o la aplicación combinada de la ley de un órgano electoral que tiene que organizar las elecciones”, señaló.
“La posición generalizada del pleno de la Junta Central Electoral es, justamente, estar de acuerdo con el ejercicio pleno con el derecho político de los dominicanos”, expresó.
Cueva, Graciela; 2019.
Leyes del pensamiento
Enunciado escogido:
Castaños Guzmán aseguró que el voto de arrastre es un ‘gran paso de avance’ en el sistema electoral dominicano.
Ley de identidad:
El principio de identidad cobra importancia para nuestro entendimiento en la medida que el predicado exprese notas complementarias al sujeto. De esta manera el principio de identidad amplia nuestro conocimiento. Si dentro del principio de identidad el sujeto no es sustituido por nuevas notas, el principio no posee valor para nuestro conocimiento.
La ley de identidad significa asimismo que no se puede hacer pasar las ideas idénticas por distintas y, viceversa, las distintas por idénticas, es decir, que una cosa es idéntica a si misma, lo que es, es; lo que no es, no es: ("A es A", o "no A es no A")
Ejemplo:
"El voto acumulativo es un gran paso de avance en el sistema electoral dominicano"
Ley de NO Contradicción:
Este principio afirma la imposibilidad de concebir dos juicios contrarios y verdaderos con relación a un mismo objeto.
Si se tienen los juicios S es P y S no es P, es imposible que ambos juicios sean verdaderos a a la vez, en el mismo tiempo y circunstancias. Si el uno es verdadero, el otro ha de ser necesariamente falso. Ejemplo: los metales son duros, o los metales no son duros.
Ejemplo:
Según Castaños Guzman, el voto acumulativo es un gran paso de avance en el sistema electoral dominicano, mientras que algunos consideran lo contrario.
Ley de tercero excluido:
Dados dos juicios contradictorios entre sí: (A es B); (A no es B) , hemos de reconocer que alguno será verdadero y el otro necesariamente falso (principio de contradicción), no existiendo un tercer modo de ser. Igualmente se excluye la posibilidad de un tercer juicio con los mismos elementos A y B.
Ejemplo:
El voto acumulativo es un gran paso de avance en el sistema electoral dominicano.
El voto acumulativo es un gran paso de retroceso en el sistema electoral dominicano.
Ley de razón suficiente:
Este principio plantea la necesidad de justificar los conocimientos de una forma razonada, es decir, ordenada y lógica. Solo es verdadero aquello que se puede probar suficientemente, basándose en otros conocimientos o razones ya demostradas.
Ejemplo:
Castaños Guzman considera que el voto acumulativo es un gran paso de avance en el sistema electoral dominicano porque permitirá automatizar las elecciones haciendo este proceso más fácil y transparente.
Teoria del conocimiento:
Según lo que he entendido, el discurso ofrecido por Castaños Guzman tiene las siguentes características: Pragmatico, empírico, idealista y discursivo.
Fuentes:
- Cuevas, Graciela; " Castaños Guzmán dice decisión sobre voto de arrastre se basó en la Ley Electoral"; La Z Digital; 2019.
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